martes, septiembre 25, 2007

EL GASOLINAZO YA SE REFLEJA EN EL CRECIMIENTO DE LOS PRECIOS:


Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo

De acuerdo con datos obtenidos por la Secretaria de la Hacienda Pública del Gobierno Legitimo de Andrés Manuel López Obrador, se observa que la evolución de los precios de 42 productos que componen la canasta básica revela que el crecimiento de los precios durante los primeros 9 meses del año fue de 34.17%, sin embargo el de los alimentos que forman parte de la canasta básica fue aún mayor, ya que se ubicó en casi 36%.

Así mientras que en enero de 2006 para adquirir éstos 42 productos básicos una persona que percibía un salario mínimo tenía que realizar un gasto de $ 740.44 pesos, para el mes de diciembre de 2006, el gasto necesario para adquirir esos mismos productos se ubicó en $ 818.44 pesos y para la primera quincena del mes de septiembre del presente año ascendió a 1,098.14 pesos

Cabe destacar que con base en el salario mínimo mensual el costo de estos productos pasó de representar el 50.8% del ingreso total de un trabajador en enero de 2006, al 72.4% para el mes de septiembre del presente año.

Sin embargo esta situación se ha visto recrudecida en el caso de los productos alimenticios que forman parte de la canasta básica, así por ejemplo se observa que el costo de los alimentos que integran una canasta básica pasó de 485.4 pesos en enero de 2006, a 540.46 en diciembre de 2006 y a 735.10 pesos en la primera quincena de septiembre de 2007, cifra que representa un incremento de 51.43% con respecto a enero de 2006 y un crecimiento de 36% en lo que va de este año.

Es importante destacar que en el caso de los alimentos, prácticamente todos los productos que integran la canasta básica han registrado incrementos superiores al 40%, con respecto al mes de diciembre del 2006, dichos productos son los siguientes: lenteja (97%) salchicha (69%), fríjol (87%), leche condensada (73%), leche en polvo (55%), mantequilla (54%), el arroz (27%) y huevo (36%).



Por su parte el pollo y la carne molida de res, han registrado incrementos de casi 55% y 40% respectivamente..

Esto quiere decir que mientras que en enero de 2006, un obrero requería de 15.24 días de trabajo (jornada laboral de 8 horas) percibiendo un salario mínimo, para adquirir 42 productos de la canasta básica, para el mes de septiembre del presente año requiere de 21.4 días de trabajo, para adquirir la misma canasta de productos.

Lo anterior significa que en la actualidad un obrero que percibe el salario mínimo tiene que destinar 21 días de trabajo para poder obtener una canasta de 42 productos básicos, por lo que con lo que le resta (9 días de trabajo) tiene que hacer frente a los costos de transporte, vestido y vivienda, lo cual resulta prácticamente imposible, ya que el incremento del salario mínimo en 2007 fue de sólo 3.9%.

Cabe destacar que los datos muestran que durante al mes de septiembre de 2007, de los 42 productos básicos de la muestra, sólo la cebolla registro una disminución en su precio, ya que el resto de los productos mostró crecimientos muy superiores a lo señalado por el Banco de México con respecto a la inflación, lo cual ha aniquilado el poder adquisitivo del salario mínimo, incluso por debajo de los niveles alcanzados en enero del 2006.

Así por ejemplo, un obrero que percibe el salario mínimo requería en enero de 2006 de 9.55 horas de trabajo para adquirir un kilo de bistec, de 6.59 horas de trabajo para adquirir un kilo de carne molida, de 0.82 horas de trabajo para adquirir un kilo de tortilla o de 2.47 horas de trabajo para adquirir 2 kg de azúcar.

Sin embargo para la primera quincena de 2007, el mismo obrero percibiendo un salario mínimo requiere en la actualidad de 11.40 horas de trabajo para adquirir un kilo de bistec, 11.1 horas de trabajo para adquirir un kilo de carne molida, 1:27 horas de trabajo para adquirir un kilo de tortillas.

Es importante señalar que el sólo anuncio del incremento que tendrá la gasolina y diesel, ya empieza a reflejarse en los incrementos en los precios de diversos productos alimenticios, como la carne, el huevo, la leche y el pan bolillo, esto a pesar de las absurdas declaraciones del Gobernador del Banco de México, de los legisladores del PRI del PAN y de algunos integrantes de la corriente de “nueva izquierda” que han llegado a señalar que “solo es necesario un incremento al salario”, por lo que es cuestión de negociarlo.

Conviene destacar que a pesar de que las finanzas públicas registraron al mes de julio un superávit fiscal de poco más de 127 mil millones de pesos, se pretende iniciar con el incremento a la gasolina a partir del mes de octubre con lo que se recaudarían aproximadamente 633 millones de pesos.

Finalmente se debe decir, que la cifra que se recaudará por el incremento a la gasolina de estos tres meses es equivalente al gasto del gobierno por concepto de seguro de gastos médicos mayores para funcionarios de alto nivel de sólo un trimestre, por lo que resulta incomprensible que se este sacrificando el poder adquisitivo de millones de personas, en vez de reducir gastos o bien de utilizar los recursos del elevado superávit fiscal.

EL GASOLINAZO Y LA VENGANZA DE LOS CONTRIBUYENTES


Mario Di Costanzo
Secretario de la Hacienda Pública
Gobierno Legítimo

Mientras que en los Estados Unidos las autoridades financieras hacen esfuerzos para “palear” la crisis en la que ya están inmersos y la Reserva Federal, redujo la tasa de interés en medio punto, y hasta el Presidente Bush, habla de no permitir que suban los impuestos, en nuestro país, tanto el equipo de Calderón, como los diputados prianistas se vanaglorian de los acuerdos obtenidos en materia fiscal que permitieron que se aprobarán una serie de incrementos de impuestos para los contribuyentes.

Así, en este contexto, Carstens y Calderòn, ya amenazan con aplicar el incremento a la gasolina desde el próximo mes de octubre, lo que le permitiría obtener una recaudación adicional de 623 millones de pesos en lo que resta del año.

Esto suena por demás absurdo si consideramos los efectos que en los precios de prácticamente todos los artículos de consumo, particularmente en los alimentos tendría en estos momentos un incremento en la gasolina y en el diesel, no hay que olvidar que lo largo del año, todos los productos ya han venido registrando incrementos mucho más allá de la inflación.

Pero resulta aberrante y negligente, si a lo anterior añadimos que al mes de julio del presente año, las finanzas públicas, han registrado un superávit, es decir mas ingresos que gastos por mas de 127 mil millones de pesos, es decir a Carstens le habían quedado en las arcas nacionales hasta el mes de julio, poco más de 12 mil millones de dólares.

Por ello, los contribuyentes y legisladores y hasta el propio Calderón, deberían preguntarse, ¿para que con tanto dinero en caja, se necesitan 623 millones de pesos más?

¿Será acaso, el bono de diciembre para todos aquellos que noblemente aprobaron la reforma fiscal, o bien, el bono de productividad para los héroes hacendarios que tan bien han conducido a la economía de México este año?

Por ello Calderón y Carstens deben reflexionar, ya que saben muy bien, que los impuestos aplicados como dogma o capricho, como en el caso de la IETU, pueden traer graves complicaciones en el futuro
No hay que olvidar que los diputados fueron incapaces de eliminar el sesgo antiempleo que tiene este impuesto, ya que al final, en el IETU los salarios no serán deducibles, solo será acreditable una pequeña parte del gasto de las empresas en salarios y prestaciones sociales.
De esta manera, será muy difícil que el IETU aprobado la semana pasada por los diputados y senadores del PRIAN, genere los ingresos estimados, en virtud de que el impuesto es inconstitucional por lo que generara un cúmulo de AMPAROS que necesariamente la corte tendrá que aceptar.

Para corroborar lo anterior sólo basta señalar que la Constitución Política establece en su artículo 31, la necesidad de que los ciudadanos contribuyan de manera proporcional y equitativa con los gastos públicos (impuestos).

A este respecto conviene destacar que en materia tributaria, el concepto de “equidad” se refiere a que las personas o empresas con igual capacidad de pago (equidad horizontal) paguen lo mismo, mientras aquéllas personas o empresas con mayores capacidades paguen o contribuyan con más (equidad vertical).
Un elemento adicional de inconstitucionalidad se observa al considerar que en el IETU se obliga a las empresas o personas a cubrir una tasa única sobre sus enajenaciones, prestación de servicios independientes y otorgamiento de uso o goce temporal de bienes, menos algunas deducciones, esta situación provoca que la base impositiva (la base del impuesto) sea equivalente, si no es que igual a la del IVA,
Esto quiere decir, que en realidad el IVA y el IETU son dos impuestos, que tienen la misma “base” por lo que la Suprema Corte de Justicia podría considerar al IETU como inconstitucional, dado que la ley establece que dos impuestos no pueden tener la misma base.
El IETU tiene graves problemas de proporcionalidad, ya que al permitir la deducibilidad de prácticamente cualquier gasto en activos, como la inversión, o los inventarios, que se adquieran, serán las grandes empresas y los grandes grupos empresariales los que seguirán eludiendo una importante cantidad de impuestos.

Lo anterior provocará que las estrategias fiscales utilizadas por las grandes empresas para disminuir artificialmente su utilidad de operación continúen vigentes y en todo caso, sean las pequeñas y medianas empresas y las personas físicas con ingresos diferentes a salarios, las que aportarán la mayor parte de la recaudación proveniente del IETU, continuando así con la inequidad del sistema tributario mexicano, por lo que también estas últimas podrán recurrir al amparo.

Así por ejemplo, con base en datos de la Bolsa Mexicana de Valores y de acuerdo con la utilidad de operación reportada por diversos grupos empresariales, se observa que en el caso de Wall Mart (WALLMEX) debió de haber pagado con el ISR al 28% aproximadamente 4 mil 558.6 millones de pesos, sin embargo con el IETU pagará 2 mil 686 millones de pesos.


No obstante que la ley marca que las empresas deberán de calcular ambos impuestos (ISR y IETU) y deberán pagar el que resulte mayor de los dos.

A este respecto, conviene señalar que las empresas también podrán recurrir al AMPARO ya que el principio de certeza jurídica, establece que el pago del impuesto debe estar definido en la propia ley, y no en dos ordenamientos diferentes.

En el caso de las personas físicas que obtengan ingresos diferentes a salarios (honorarios o cualquier otro ingreso), serán las de los niveles intermedios, principalmente las que obtengan ingresos entre 10,000 y 35,000 pesos, las que mayor incremento tengan en su carga tributaria, lo que necesariamente atenta contra los principios de equidad y proporcionalidad tributaria.